Normativa y regulación de Actividades
Usos, aprovechamientos y actividades compatibles
- Aprovechamiento de hongos comestibles, mediante corte con navaja de los pies de los cuerpos fructíferos.
- La apicultura.
- La caza en los cotos existentes en el espacio de acuerdo con sus Planes Técnicos, teniendo en cuenta las limitaciones que establezcan los instrumentos de planificación del espacio.
- El tránsito de personas a pie, sobre monturas o vehículos de cualquier tipo sobre caminos y pistas de uso público.
Usos, aprovechamientos y actividades prohibidos
- La agricultura.
- La extracción o recolección de musgos y plantas vasculares silvestres o de cualquiera de sus partes fuera de los supuestos autorizables, así como el deterioro o alteración de las cubiertas vegetales naturales y cualquier actividad que pueda afectar negativamente su estado de conservación o regeneración.
- La reforestación con especies no autóctonas.
- La introducción de especies o variedades de fauna o flora no autóctona para la zona.
- Cualquier actuación con el propósito de dar muerte, capturar, perseguir o molestar a los ejemplares de fauna silvestre no cinegética, incluidos sus huevos, cadáveres, fragmentos o restos.
- Uso de productos biocidas de aplicación masiva y efecto no selectivo.
- Todo uso del fuego diferente de los autorizables.
- La realización de inscripciones o señales sobre la vegetación, el suelo o la roca, así como la destrucción de elementos geológicos.
- La emisión de ruidos procedentes de actividades no autorizadas o permitidas, que puedan alterar la tranquilidad de la fauna o del uso público.
- La investigación y explotación de los recursos mineros, así como el empleo de explosivos.
- La instalación de nuevos cerramientos cinegéticos.
- La habilitación o construcción de nuevas edificaciones, construcciones e instalaciones de cualquier tipo, incluidas las infraestructuras para la producción de energía, comunicación (antenas, repetidores, pantallas, torretas, etc.) o el transporte de personas o bienes, tales como carreteras en sus diversos tipos, vías de ferrocarril, tendidos eléctricos, acueductos, oleoductos o gasoductos, así como las viviendas, instalaciones de energía eólica, instalaciones agrarias, ganaderas y construcciones portátiles.
- La construcción de nuevos puentes, presas, diques, drenajes, captaciones, pozos, obras de encauzamiento y otras obras similares, así como cualquier actividad que altere o modifique los caudales, el nivel freático, o la calidad de las aguas.
- El vertido, enterramiento, incineración o depósito de escombros, residuos sólidos o líquidos, incluidos las sustancias tóxicas, nocivas o peligrosas, así como cualquier otra forma de contaminación. Se incluye el depósito de abonos orgánicos y minerales, productos fito y zoosanitarios o el enterramiento de cadáveres de animales.
- El abandono en el suelo, tras el disparo, de las vainas de cartuchos o casquillos de balas empleadas para la caza.
- La circulación con vehículos fuera de las pistas, caminos y carreteras existentes.
- La acampada, así como la construcción o habilitación de campings o áreas de acampada.
- Las competiciones deportivas.
- Las maniobras y los ejercicios militares.
- Todo uso, obra o actividad, de carácter público o privado, diferente de los autorizados señalados en los epígrafes anteriores, que pueda alterar o modificar negativa o significativamente el paisaje, la geomorfología, la vegetación, la fauna o la estructura y funcionalidad de los ecosistemas de la zona.
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