Normativa y regulación de Actividades

Usos, aprovechamientos y actividades sujetos a autorización

- Rotulación o descuaje de la vegetación sobre terrenos ocupados por vegetación natural.

- Introducción de nuevos cultivos, variedades o trasgénicos.

- Las cortas de madera, incluidos los chopos, nogueras y las cortas de leñas.

- Las obras de acondicionamiento y mantenimiento de presas, canales o acequias existentes.

- Instalación de palomares u otras pequeñas granjas de animales o mamíferos para autoconsumo, así como la instalación de perreras.

- Instalación de nuevos cercados u otras infraestructuras para la ganadería extensiva.

- La sustitución de los postes o malla en los cerramientos preexistentes de cualquier tipo.

- Implantación de nuevos pastizales, y querencias para la fauna cinegética.

- Tratamientos selvícolas, tratamientos preventivos contra incendios y operaciones de corta y descuaje.

- La apertura o mantenimiento de trochas temporales, cortaderos y de áreas cortafuegos.

- La reconstrucción, ampliación o reforma de las construcciones preexistentes incluidos los BIC.

- Las nuevas construcciones o instalaciones vinculadas a la actividad agrícola o ganadera.

- La recolección de caracoles, hongos y plantas silvestres con fines comerciales.

- La herborización o recolección de vegetales y la captura de ejemplares de fauna silvestre, la alteración de los elementos geológicos y la recolección de minerales, rocas o restos fósiles.

- La conservación o mejora de las carreteras, caminos y sendas.

- Las limpiezas de los cauces, márgenes o riberas realizadas manualmente por operarios.

- La nueva construcción, acondicionamiento o ampliación de balsas y depósitos de agua.

- La construcción, ampliación o reforma de depuradoras, colectores, o cualquier elemento de tratamiento de aguas residuales.

- Las nuevas líneas eléctricas y los acueductos que vayan enterrados.

- Las instalaciones de telecomunicaciones.

- El empleo de explosivos

USOS SUJETOS A EVALUACIÓN DE IMPACTO

- La nueva instalación o ampliación de granjas intensivas.

- La instalación temporal de zonas de acampada controlada.

- Los nuevos vertidos de aguas residuales, o ampliación de los existentes.

- Los proyectos de concentración parcelaria.

- La ampliación del suelo urbano.

- La instalación de sistemas lineales de transporte de otras materias ni toxicas ni peligrosas ni contaminantes.

- Las líneas de transporte aéreo de energía eléctrica inferiores a 25 kW.

- La construcción de nuevos caminos de hasta 3 metros de anchura, y su reforma o mejora.

- Las obras de trazado de carreteras que supongan un cambio del trazado.

- Los usos recreativos, turísticos y deportivos, incluidas la escalada y la espeleología y las actividades de educación e interpretación ambiental promovidas por tercerosLos usos recreativos, turísticos y deportivos, incluidas la escalada y la espeleología y las actividades de educación e interpretación ambiental promovidas por terceros.

Usos, aprovechamientos y actividades compatibles

- Cultivos agrícolas extensivos de secano y cultivos de regadío tradicionales.

- Conservación de construcciones agrícolas y ganaderas existentes.

- Actividad cinegética extensiva y sostenible.

- Pesca fluvial sostenible, en la modalidad sin muerte, aguas abajo de La Cabrera y con cebos artificiales aguas arriba.

- Recolección de caracoles, hongos, plantas silvestres siempre que no afecte a especies amenazadas.

- El desbroce de la vegetación invasora para la conservación de caminos y sendas existentes.

- El senderismo y la circulación en bicicleta por caminos de firme natural y senderos públicos.

- El transito de vehículos por las carreteras asfaltadas.

-Uso de monturas o vehículos a motor en caminos para el desarrollo de actividades agrarias

Usos, aprovechamientos y actividades prohibidos

 

- Los nuevos cerramientos cinegéticos, y los nuevos cotos de caza intensivos.

- La introducción de especies de flora y fauna no autóctonas.

- El empleo de métodos masivos para capturar ejemplares de fauna silvestre.

- La transformación en regadío de terrenos dedicados a secano.

- La realización de fajas cortafuego o cortaderos con descuaje o roza total o mecanizada de la vegetación.

- La nueva construcción de viviendas o establecimientos hosteleros.

- La obtención de leña u otros elementos vegetales para su uso en actividades recreativas.

- La acampada libre.

- El baño fuera de las zonas autorizadas por el P.O.R.N.

- La aplicación de sustancias biocidas masivas o no selectivas.

- El uso de fuego en actividades recreativas fuera de las instalaciones y lugares expresamente dispuestos.

- El drenaje o desecación de terrenos con hidromorfia temporal o permanente.

- Las competiciones deportivas.

- Las maniobras y ejercicios militares.

- El transito de vehículos a motor en algunas zonas establecidas.

- El ala delta, parapente, globo, paracaidismo, vuelo sin motor o con ultraligeros.

- La nueva construcción o ampliación de las instalaciones industriales.

- Cualquier vertido o instalación de vertidos o residuos diferente a los regulados en el P.R.U.G.

- Lavado de objetos susceptibles de provocar contaminación en los cursos fluviales o humedales.

- Las plantas incineradoras de residuos.

- Instalaciones que utilicen, produzcan, generen , reciclen o eliminen sustancias tóxicas.

- La emisión de luz, sonido o vibraciones de forma injustificada.

- Los sistemas lineales de transporte de materias potencialmente contaminantes, tóxicas o peligrosas.

- La construcción de nuevas carreteras o ferrocarriles.

- La construcción de aeródromos o helipuertos, así como el sobrevuelo con aeronaves a menos de 1.000 m.s.n.m.

- La instalación de granjas cinegéticas, u otros tipos de núcleos zoológicos.

- El vertido de basuras, residuos o escombros fuera de los lugares específicamente señalados.

- El aumento en los caudales extraídos de las captaciones de agua.

- Las canalizaciones, dragados y los encauzamientos fluviales.

- Las nuevas líneas aéreas de transporte de energía eléctrica superior a 25kW.

- La investigación de recursos mineros y la apertura de nuevas canteras, graveras, minas o cualquier otra extracción.

- La alteración o destrucción significativa de los recursos naturales protegidos o de conservación prioritaria del Parque

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